martes, 23 de agosto de 2011

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Acuerdo entre el Consejo y el Parlamento sobre la Directiva para luchar contra la pornografía infantil

El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político sobre el proyecto de Directiva destinado a combatir el abuso y la explotación sexual de menores además de la pornografía infantil. La nueva directiva armonizará en torno a 20 delitos penales pertinentes y fija los límites máximos de la pena por cada delito.

El acuerdo político alcanzado por el Consejo y el Parlamento Europeo tiene como objetivo la lucha contra el abuso sexual y la pornografía infantil. Con respecto a las nuevas sanciones introducidas por el proyecto de directiva, por abuso sexual de menores y explotación sexual van desde al menos un año a un mínimo de 10 años de prisión, dependiendo de la naturaleza del delito. Actos como que los niños sean testigos de actividades de tipo sexual (abuso) se castiga en el proyecto de directiva con una pena de prisión de por lo menos un año, mientras que coaccionar a menores para participar en un acto sexual se castiga con pena de prisión de por lo menos 10 años.

Las sanciones por asistir a espectáculos pornográficos con menores como participantes (explotación) serán de dos años de prisión, mientras que forzar a un niño a la prostitución se castigará con un mínimo de 10 años. Por posesión de pornografía infantil la pena será de un año como mínimo, con la única excepción de la posesión con fines investigadores, mientras que la producción de dicho material se condenará con una pena de prisión de al menos tres años. Por otra parte, el proyecto de ley suma a la lista de crímenes el “online grooming”, la manipulación de los menores a través de Internet con la intención de abusar sexualmente de los mismos.

Además, la directiva hará posible que se procesen a ciudadanos europeos por delitos relacionados con el abuso infantil cometidos fuera del territorio de la UE (el llamado turismo sexual), para así reducir la demanda de servicios sexuales. Además, los Estados miembros tendrán que asegurar que la organización de los arreglos de viaje para tales fines se persiga penalmente.

También las víctimas estarán más protegidas por ejemplo evitando que los pedófilos puedan obtener puestos de trabajo relacionados con el cuidado de menores en toda la UE. Para este fin, el proyecto de directiva introduce la posibilidad de solicitar y recibir información sobre las condenas por estos delitos de posibles candidatos, también cuando los candidatos sean de otros Estados miembros.

El acuerdo sobre el proyecto de directiva se alcanzó entre el Consejo y el Parlamento en junio y debería convertirse en ley a finales de 2011, después de su adopción formal por parte de estas dos instituciones. Los Estados miembros tendrán entonces dos años para transponer la Directiva al Derecho nacional. Con esta medida se pretende sustituir la Decisión marco 2004/68/JAI y aumentar significativamente el número de definiciones comunes y las sanciones.

Abuso Sexual Infantil vs. Sexo Consensual


Consuelo Díaz Barriga S.

Pederastas y pedófilos se justifican. No hay delincuente que acepte abiertamente ser basura social como no hay borracho que coma lumbre. Nos llena de horror escuchar a clérigos de cualquier rango justificar la pederastia y proteger a sus perpetradores. Nos escandaliza leer que en países como Holanda se les permita formar un partido político, que haya otros que promuevan la pederastia como una preferencia sexual libre y que hablen de sexo consensuado cuando se refieren a niños, niñas, adolescentes y animales. Maldecimos cada vez que los defensores del SAP (Síndrome de Alienación Parental) abren sus sucias bocas para negar que exista el abuso sexual y en su lugar afirmar que les hacen un favor a los menores de edad al iniciarlos a la vida sexual activa a temprana edad.

La verdad es que ningún niño o niña puede provocar el abuso sexual porque ni siquiera tienen idea de qué es una relación sexual. Si un niño o niña lo sabe o lo intuye, lo primero que debemos preguntar es ¿a qué ha estado expuesto ese menor? Generalmente, luego del abuso sexual, los niños y niñas muestras comportamientos sexuales más abiertos o mayor curiosidad sobre el sexo y las relaciones sexuales, en comparación con los pequeños que permanecen inocentes y protegidos como corresponde a su edad.

Aun cuando un niño o niña mostrara un comportamiento claramente seductor (y volvemos a la misma pregunta ¿por qué?), él sigue siendo el menor de edad y el responsable de lo que suceda a continuación es el adulto. No el menor. Una niña puede lanzarse desnuda a los brazos de papá. Eso no es seducción y el papá no tiene derecho a tocarla con intenciones sexuales. Lo que corresponde al padre es mandar a la niña a vestirse y hablar con ella para que esa conducta no se repita. De hecho un padre con la cabeza sobre los hombros no ve en su hija pequeña a una mujer voluptuosa ni candente.

Los pederastas y quienes los defienden hablan de sexo consensuado. ¿Cómo puede un bebé consentir algo cuando, además de no saber nada, ni siquiera es capaz de hablar? ¿Cómo puede una niña consentir una relación sexual con su tío 30 años mayor si ella no sabe en qué consiste el juego que el tío está proponiendo? ¿Cómo puede un adolescente consentir una relación sexual con el párroco de su comunidad y sentirse totalmente asqueado? ¿Por qué un niño o una niña que tiene una relación sexual con un adulto siente pánico, dolor y vergüenza? ¿Por qué todos estos niños y niñas crecen sintiéndose sucios, devastados, intentando suicidarse, auto destruyéndose una y otra vez en todas las formas posibles, si se trató de sexo consensual? ¿Por qué, si fue sexo consensual, estos niños y niñas pasan años de sus vidas adultas en terapias psicológicas, tomando medicamentos y tratando de recuperar la sanidad mental y el amor propio? ¿Por qué los pederastas se aseguran, por medio de amenazas y chantaje, que estos niños y niñas no hablen? ¿Por qué se esconden si tienen la aprobación de los pequeños?

 ¡PORQUE NO ES SEXO CONSENSUADO! ¡ES ABUSO SEXUAL INFANTIL!